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RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural, por la que se acuerda la baja del coto de pesca denominado "Presa CNV y Sase", en el término municipal de Valdecaballeros (Badajoz).
DOE Número: 188
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 29 de septiembre de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO NATURAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Pesca.
Página Inicio: 40865
Página Fin: 40866
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 14 de diciembre de 2016, del Director General de Medio Ambiente, se declaró la constitución del coto de pesca denominado Presa CNV y Sase , ubicado en el término municipal de Valdecaballeros, incluyendo como masas de agua sometidas a régimen especial la Presa CNV y la Charca Sase, a favor de la Sociedad de Pescadores Colaboradora El Anzuelo , en consorcio con la Junta de Extremadura.
Posteriormente, a consecuencia de la disolución de la Sociedad de Pescadores El Anzuelo y de la pérdida de su condición de sociedad colaboradora, mediante escrito de fecha 7 de enero de 2021 se solicitó por el Presidente de la entidad la modificación de la gestión conjunta del citado coto, asumiendo la Administración desde entonces la gestión directa del mismo.
Consta igualmente en el expediente informe técnico emitido por el Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura en el que se analiza la situación actual del coto y se concluye la conveniencia de su baja, atendiendo, entre otras circunstancias, a la desaparición de las condiciones que motivaron su constitución, la inexistencia de una sociedad colaboradora vinculada a su gestión, la reducida presión de pesca y la baja fracción de peces de valor natural, justificando la necesidad de modificar el régimen especial del aprovechamiento actualmente existente.
La Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de pesca y acuicultura de Extremadura, establece en su artículo 11 la figura de los cotos de pesca como aguas sometidas a régimen especial destinadas a posibilitar un aprovechamiento ordenado y sostenible de los recursos piscícolas. Asimismo, el artículo 15 atribuye al órgano competente en materia de pesca y acuicultura la competencia para el establecimiento y declaración de las aguas sometidas a régimen especial.
Por otra parte, conforme al artículo 7 de la Ley 11/2010, tendrán la consideración de aguas libres para la pesca aquellas en las que esta actividad puede ejercerse sin otras limitaciones que las establecidas en la presente ley y en las disposiciones que la desarrollen.
Por todo ello, visto el informe técnico obrante en el expediente y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de la Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de pesca y acuicultura de Extremadura, y por el Decreto 110/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural y se modifica el Decreto 70/2025, de 29 de marzo, por el que se determina el Organismo especializado de control de la condicionalidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 147/2025, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de los/as Agentes del Medio Natural de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Acordar la baja del coto de pesca denominado Presa CNV y Sase , ubicado en el término municipal de Valdecaballeros (Badajoz).
Segundo. Dejar sin efecto la declaración de las masas de agua comprendidas en dicho coto como aguas sometidas a régimen especial.
Tercero. Las referidas masas de agua pasarán a tener la consideración de aguas libres para la pesca.
Cuarto. La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 21 de septiembre de 2026.
La Directora General de Caza, Pesca,
Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural,
MARÍA DE LAS MERCEDES MAZO TOMÉ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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