RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2026, de la Secretaría General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, por la que se acuerda la apertura de la fase de trámite de audiencia e información pública, en relación con el proyecto de Decreto por el que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales, prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y una vez elaborado el proyecto de Decreto por el que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales, prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, esta Secretaría General,
RESUELVE:
Primero. Acordar la apertura de un período de audiencia e información pública, por un plazo de siete días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto de decreto indicado y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas por cualquiera de los medios que, a tal efecto, determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: sg.ic@juntaex.es
El sometimiento al trámite abreviado viene justificado por la previa exposición del texto al trámite de consulta previa y sugerencias regulado en los artículos 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
El presente proyecto de decreto no crea una nueva prestación económica, sino que tiene por finalidad establecer el procedimiento administrativo necesario para la gestión, concesión y pago en la Comunidad Autónoma de Extremadura de la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, y desarrollada por el Real Decreto 664/2024, de 9 de julio.
La ausencia de una regulación autonómica específica impide actualmente la plena efectividad de este derecho en el ámbito territorial de Extremadura, dificultando el acceso de las potenciales beneficiarias a una prestación económica destinada a favorecer su recuperación integral y su autonomía personal y económica.
En consecuencia, resulta necesario agilizar la tramitación del procedimiento de elaboración normativa para permitir que las víctimas de violencias sexuales puedan acceder a estas ayudas en el menor plazo posible, evitando demoras innecesarias en la aplicación de una medida de protección social dirigida a un colectivo especialmente vulnerable.
Asimismo, la tramitación urgente se justifica por la necesidad de garantizar la eficacia de una prestación financiada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y asegurar la correcta ejecución de los fondos destinados a esta finalidad, permitiendo a la Comunidad Autónoma disponer cuanto antes del instrumento jurídico necesario para su gestión.
Por todo ello, concurren razones de interés público vinculadas a la protección y atención integral de las víctimas de violencias sexuales que justifican la reducción de los plazos ordinarios del trámite de información pública mediante su tramitación por la vía de urgencia.
Segundo. El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto al que se refiere esta resolución será, durante los días señalados, de 10:00 horas a 14:00 horas en las dependencias de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, Paseo de Roma s/n, Modulo E, planta tercera, de Mérida (Badajoz).
Asimismo, el proyecto de decreto estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, a través de la siguiente dirección de internet:
https://www.juntaex.es/transparencia
Mérida, 28 de septiembre de 2026. El Secretario General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, DAVID GONZÁLEZ GIL.