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EXTRACTO de la convocatoria de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, correspondiente a la anualidad 2026.
DOE Número: 3
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 07 de enero de 2026
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Vivienda. Ayudas.
Página Inicio: 667
Página Fin: 668
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):877917
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE
(http://doe.juntaex.es).
Primero. Objeto.
Convocatoria de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, correspondiente a la anualidad 2026, que tiene por objeto la financiación de la ejecución de las actuaciones subvencionables reguladas en el apartado 3.2 de la convocatoria, que se ejecuten en viviendas unifamiliares -aisladas o agrupadas en fila, ya sean urbanas o rurales-, en el interior de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva y en inmuebles destinados a otros usos, siempre que las viviendas e inmuebles referidos, y las actuaciones ejecutadas en los mismos, cumplan los requisitos señalados en el apartado 3.1 de la convocatoria.
Segundo. Personas beneficiarias.
Personas físicas mayores de edad que sean titulares del 100 % del pleno dominio o del usufructo vitalicio de la vivienda objeto de la actuación subvencionable, y que reúnan el resto de los requisitos señalados en el apartado 2 de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 177/2025, de 9 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, y se aprueba la primera convocatoria de dicho programa de subvención.
Cuarto. Cuantía.
1. A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 4.000.000,00 €, de los cuales 300.000,00 € se imputarán al ejercicio 2026, 1.637.976,00 € al ejercicio 2027, 2.037.976,00 € al ejercicio 2028, y 24.048,00 € al ejercicio 2029 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000, código de proyecto de gasto 20250235, y fuente de financiación CA.
2. La subvención será del 50 % del presupuesto protegido, con carácter general, y del 70% si concurre a la fecha de la solicitud alguna de las circunstancias señaladas en el apartado 7 de la convocatoria.
En todo caso, la subvención tendrá un tope cuantitativo de 14.000 euros por vivienda, cuando se trate de actuaciones en viviendas unifamiliares, y de 9.000 euros por vivienda, cuando se trate de actuaciones en el interior de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses y se iniciará el 1 de marzo de 2026; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo.
Las solicitudes de la subvención se dirigirán a la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana de forma electrónica, utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la dirección electrónica https://www.juntaex.es/w/0723125 , acompañando la documentación exigida, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y según las instrucciones establecidas.
Mérida, 15 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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